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Fichajes solicitud vacaciones, permisos y licencias transitorio

Fichajes solicitud vacaciones, permisos y licencias transitorio

UGT SERVICIOS PÚBLICOS JUSTICIA INFORMA – 05.01.22

La DGRAJ ha dictado resolución y la ha publicado en su web e intranet el 31.12.21 en la que se dictan instrucciones relativas al establecimiento de un régimen transitorio en las modalidades de fichaje, solicitud de vacaciones, permisos y licencias del personal al servicio de la administración de justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias que no pueda realizarlo a través del aplicativo sicho.

Pincha en el siguiente enlace para ver la resolución

https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgobcan/export/sites/justicia/Te_Interesa/comunicados/20211230-RESOLUCION-REGISTRADA-FICHAJE-PERMISOS-Y-LICENCIAS-POR-INOPERABILIDAD-SICHO.pdf

Pincha en el siguiente enlace para ver el modelo para fichar en papel

https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgobcan/export/sites/justicia/Te_Interesa/comunicados/Modelos-fichajes-registrado.pdf

Pincha en el siguiente enlace para ver el modelo para solicitar vacaciones, permisos y licencias

https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgobcan/export/sites/justicia/Te_Interesa/comunicados/MODELO-REGISTRADO-SOLICITUD-LICENCIAS-VACACIONES-Y-PERMISOS-1-30-12-21-3.pdf

Así mismo, el Secretario de Gobierno del TSJ de Canarias, ha dictado el 4 de enero de 2022, la instrucción 1/2022 en la que da instrucciones a los LAJ y en concreto:

2.- La plantilla relativa al fichaje presencial, ANEXO l, se remitirá por los funcionarios al correo
electrónico establecido en la Resolución de fecha 30.12.2021 de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias, en el plazo mencionado por la misma. El/la LAJ no ha de firmar aquella, ni dar su visto bueno, sin perjuicio, dado el caso, de recoger aquella discrepancia que haya podido observar relativa al fichaje de los funcionarios/as, en tal circunstancia, se firmará.
3.- El/la LAJ podrá informar la solicitud de permisos y licencias del funcionario/a, ANEXO ll. La ausencia de informe por parte del LAJ tendrá un sentido positivo a la solicitud.

UGT JUSTICIA entiende que se ha vulnerado la obligación de negociación colectiva previa al estarse modificando condiciones laborales (modo de control horario y de solicitud de permisos, licencias y vacaciones), además de no aplicarse idéntico sistema a todos los funcionarios de justicia de Canarias por lo que actuaremos en consecuencia.

Saludos

 

 

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