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Calendario laboral año 2024 y horario de verano

INFORMA UGT Servicios Públicos JUSTICIA CANARIAS 29-05-2024

CALENDARIO LABORAL AÑO 2024

Se ha publicado en la intranet Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horario, y se aprueba el calendario laboral para el año 2024 del personal al servicio de la Administración de Justicia en Canarias.

  • Las vacaciones y asuntos particulares del año 2024 se podrán disfrutar hasta el 31 de marzo de 2025.
  • Por la coincidencia en sábado del día 12 de octubre de 2024, se nos reconoce un día de permiso adicional que , atendiendo a las necesidades del servicio, podrá disfrutarse individualmente o acumularse tanto a los días de vacaciones de 2024 que se disfruten de forma independiente como a los días por asuntos particulares de 2024.

Puedes consultar la Resolución del Calendario Laboral del año 2024 a través del siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1DSm3jwxEkWI52KZB4xi2Fs2xMmA2jyiK/view?usp=sharing

HORARIO DE VERANO

Conforme el Calendario Laboral 2024 Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, el personal funcionario podrá cumplir una jornada reducida de trabajo de treinta y dos horas y media (32,5 horas) semanales. Debiendo hacer un horario fijo de obligada presencia entre las 09:00 y 14:00 horas de lunes a viernes, y el resto de flexible.
Es decir, si se quiere hacer un horario igual durante toda la semana debemos hacer 5 horas de horario fijo más 1 hora y media más de flexible, en TOTAL 6 horas y media.

¿Por qué 1 hora y media más?, porque la media hora que no hacemos durante la jornada ordinaria (que no es la media hora de desayuno y nos permite hacer 35 horas en lugar de 37,5 horas semanales) NO la tenemos en la jornada reducida de verano, y ¿por qué?, porque el Acuerdo Administración-Sindicatos del año 2006 establece que Esta previsión no será aplicable durante la jornada de verano.

Ejemplos.-
Si se quiere repartir en períodos iguales durante toda la semana se deben:
.- De 07:30 a 14:00 horas
.- De 08:00 a 14:30 horas
.- De 08:30 a 15:00 horas

ADEMÁS.- Por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, el personal empleado público con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta catorce años, o sin límite de edad en el supuesto de discapacidad superior o igual al 33 % de los anteriores, y siempre que convivan con el solicitante y dependan de este, estando a su cargo, podrá acogerse a esta modalidad de jornada intensiva (es decir de las 32,5 horas semanales) desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre. Este derecho podrá ejercerse también en el año en que el menor cumpla la edad de catorce años.

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