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Jornada reducida Carnaval

INFORMA UGT Servicios Públicos JUSTICIA CANARIAS 10-02-26

Se ha publicado en la intranet y en la web del Gobierno de Canarias la Circular n.º 1, de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre la prestación de Servicios en Jornada Reducida durante la celebración del Carnaval, Semana Santa y/o Navidad.
No habiendo sido aún aprobado el calendario laboral de 2026 y ante la proximidad de las fiestas de Carnaval y del periodo de Semana Santa. Dicha resolución dispone:

PRIMERO. El personal funcionario podrá realizar una jornada reducida de 9,00 a 14,00 horas, por un máximo de 5 días anuales en alguno de los siguientes períodos, o repartidos entre ellos:

  • En el periodo correspondiente a la festividad de Carnaval, que comprenderá desde el viernes de la semana anterior y la semana que incluya el martes de Carnaval o bien en la semana en la que se celebren los actos de Carnaval en el municipio donde radique su puesto de trabajo.
  • En el periodo correspondiente a la Semana Santa, que comprenderá toda la semana así como el viernes anterior y el lunes posterior a la misma.
  • En el periodo correspondiente a Navidad, que comprenderá desde el 21 de diciembre de 2026 al 08 de enero de 2027.

SEGUNDO. Los/as funcionarios/as que se encuentren prestando el servicio de guardia en la semana de Carnaval, Semana Santa y/o Navidad, podrán hacer uso de la reducción horaria prevista en este apartado en la semana anterior o posterior al desarrollo de la guardia.

TERCERO. En cualquier caso, habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, respecto a la presentación de escritos sometidos a término.

Puedes consultar la resolución íntegra a través del siguiente enlace:
https://www.gobiernodecanarias.org/cmsgob2/export/sites/justicia/Te_Interesa/comunicados/CIRCULAR-periodos-jornada-reducida-2026-FDA.pdf

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