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Horario de verano

INFORMA UGT Servicios Públicos Justicia CANARIAS 02-06-2026

Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, el personal funcionario podrá cumplir una jornada reducida de trabajo de treinta y dos horas y media (32,5 horas) semanales. Debiendo hacer un horario fijo de obligada presencia entre las 09:00 y 14:00 horas de lunes a viernes, y el resto de flexible.
Es decir, si se quiere hacer un horario igual durante toda la semana debemos hacer 5 horas de horario fijo más 1 hora y media más de flexible, en TOTAL 6 horas y media.

¿Por qué 1 hora y media más?, porque la media hora que no hacemos durante la jornada ordinaria (que no es la media hora de desayuno y nos permite hacer 35 horas en lugar de 37,5 horas semanales) NO la tenemos en la jornada reducida de verano, y ¿por qué?, porque el Acuerdo Administración-Sindicatos del año 2006 establece que Esta previsión no será aplicable durante la jornada de verano.

Ejemplos.-
Si se quiere repartir en períodos iguales durante toda la semana se deben:
.- De 07:30 a 14:00 horas
.- De 08:00 a 14:30 horas
.- De 08:30 a 15:00 horas

ADEMÁS.- Por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, el personal empleado público con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta catorce años, o sin límite de edad en el supuesto de discapacidad superior o igual al 33 % de los anteriores, y siempre que convivan con el solicitante y dependan de este, estando a su cargo, podrá acogerse a esta modalidad de jornada intensiva (es decir de las 32,5 horas semanales) desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre. Este derecho podrá ejercerse también en el año en que el menor cumpla la edad de catorce años.

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