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Informa toma posesión Gestores -turno libre- 13-09-2021

Informa toma posesión Gestores -turno libre- 13-09-2021

OPOSICIONES CUERPO DE GESTIÓN –TURNO LIBRE

En el día de hoy se ha publicado en el BOE de hoy la, Orden JUS/952/2021, de 1 de septiembre, por la que se NOMBRAN FUNCIONARIOS del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, por el sistema general de acceso libre, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.

Igualmente se ha publicado en el BOE de hoy la, Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se OTORGA DESTINO al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.

TOMA DE POSESIÓN.- El personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, al que se otorga destino en esta Resolución, deberá tomar posesión de su cargo ante la persona responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

PERMISO RETRIBUIDO.- En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia o del órgano competente correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido.

  • 1 día.- si no hay cambio de localidad
  • 2 días.- si hay cambio de localidad 
  • Hasta tres días.- Si se desplazan a Canarias desde la península, Baleares, Ceuta o Melilla.

Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

EXCEDENCIA.- El personal funcionario destinado en virtud de esta Resolución que opte por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, no será necesario que se desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comunique en su caso, a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.

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