En el día de hoy se ha publicado en el BOE la, Orden PJC/1353/2023, de 27 de noviembre, por la que se NOMBRA PERSONAL FUNCIONARIO DEL CUERPO DE TRAMITACIÓN Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, acceso por promoción interna, a las personas que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.
Igualmente se ha publicado en el BOE de hoy la, Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se OTORGA DESTINO al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.
TOMA DE POSESIÓN.- Al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al que se le otorga destino en esta orden, deberá tomar posesión de su cargo ante el responsable del órgano judicial o fiscal de destino dentro DEL PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
PERMISO RETRIBUIDO ANTES DE LA TOMA DE POSESIÓN.- En caso de que el personal funcionario optare por ingresar en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y quisiera evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrá solicitar a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia o del órgano competente correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Auxilio, un permiso retribuido.
- 1 día.- si no hay cambio de localidad
- 2 días.- si hay cambio de localidad
- Hasta tres días.- Si se desplazan a Canarias o Baleares.
Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.
PERMISO RETRIBUIDO A PARTIR DE LA TOMA DE POSESIÓN.- Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta. Permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado anterior (apartado 3º de la Resolución).