A LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS
Gregorio José Pérez Sosa con DNI nº ———- en su condición de Secretario de Administración Autonómica de UGT Servicios Públicos de Canarias, con domicilio a efectos de comunicaciones en calle Méndez Núñez 84, 3º, 38001 S.C. de Tenerife y correo electrónico ugtjusticiacanarias@gmail.com por acuerdo entre las organizaciones sindicales CSIF, STAJ, CCOO y UGT,
DICE:
Primero.- Que estando legitimados para interponer este escrito de comunicación previa de huelga conforme a lo dispuesto en el RDL de 4 de marzo de 1977 sobre Relaciones de Trabajo según reza en su art. 3. 2ª) y en el artículo 28 de la Constitución española, así como teniendo en cuenta la doctrina emanada del Tribunal Constitucional.
Segundo.- Que ese organismo, es competente para recibir esta comunicación de convocatoria de huelga.
En virtud de lo anteriormente dicho, paso a exponer los siguientes:
HECHOS
Primero.- que la huelga afecta a las personas trabajadoras de los Cuerpos Generales y especiales de la Administración de Justicia destinados en los centros de trabajo en el ámbito de competencia de la Comunidad Autónoma de Canarias
Segundo.- La huelga dará comienzo el 17 de abril de 2023 con paros parciales de 10 a 13 horas todos los días de lunes a viernes, salvo festivos y exceptuando el día 19 de abril.
El día 19 de abril de 2023 la huelga se iniciará a partir de las 00:00 horas hasta las 23:59 horas, del mismo día.
Tercero.- Los hechos que motivan la adopción de esta medida son la negativa del Ministerio de Justicia a acordar, tras la obligada negociación colectiva, las siguientes cuestiones:
– Incremento retributivo para todo el personal de la Administración de Justicia, reconociendo las funciones reales que se realizan en todos y cada uno de los puestos de trabajo del personal de la Administración de Justicia de todos los cuerpos desde hace años por encima de las establecidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
– Modificación del contenido de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa que tiene un impacto directo en las condiciones de trabajo objeto de negociación colectiva tales como los destinos, retribuciones complementarias, jornada, horarios, tipos de puesto, forma de provisión, funciones, etc… y que se presentó al Congreso de los Diputados sin la preceptiva negociación colectiva que, además, fue comprometida por el Ministerio en el apartado sexto del acuerdo firmado el pasado 15 de diciembre de 2021 y publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2021.
Cuarto.- Se designan miembros del Comité de huelga a las siguientes personas:
UGT
Gregorio José Pérez Sosa
Ramón Izquierdo Morales
CSIF
Juan Mario Sicilia Figueroa
STAJ
Luis Enrique Suárez Cabrera
María del Pino Naranjo Suárez
CCOO
Desiree Guevara Núñez
Por tanto, y en virtud de lo anteriormente expuesto, solicita de ese organismo que tenido por presentado este escrito, se sirva a admitirlo y en su virtud se tenga por efectuada la comunicación hecha en plazo y forma adecuados.