Sectores

Propuesta de criterios orientadores sobre el teletrabajo en la Administración General de la Cdad Autónoma de Canarias

CRITERIOS ORIENTADORES SOBRE EL TELETRABAJO ADMÓN GRAL. CDAD CANARIA

El pasado viernes, 24 enero 2025 se convocó Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionari@ (MSNPF), y de la Comisión Asesora de Plantilla (CAP), para la negociación de la Propuesta de resolución conjunta de las Direcciones Generales de la Función Pública y de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos, por las que se establecen criterio orientadores y de gestión para la determinación en las relaciones de puestos de trabajo de los puestos de trabajo susceptibles de desempeño en la modalidad de teletrabajo.

Sobre este punto único, desde UGT SERVICIOS PÚBLICOS CANARIAS nos pronunciamos negativamente que en esa resolución se indica que estará sometido al desarrollo informático de los aplicativos, y que será efectiva desde la la DGFP lo anuncie en su entorno virtual. Además indica que los puestos de trabajo susceptibles de poder realizarse en la modalidad de teletrabajo, precisan de un conjunto de directrices para una actuación coordinada, así como de un desarrollo informático, que a día de hoy no existen, o no se dan a conocer.

Se incide además en que la previsión de RPT ́s posteriores al Decreto 7/2024 (hoy en fase de enmiendas en el parlamento de Canarias, o hasta diciembre de 2024 así estaba), debían tener un contenido competencial, que no podrían ser desempeñados en la modalidad de teletrabajo (en esta propuesta no se define contenido competencial alguno), por lo que queda supeditado a la discrecionalidad de quien quiera o no conceder la citada modalidad (jefes de servicios por ejemplo, o directores o subdirectores) Ya tenemos en caso típico de la Agencia Tributaria Canaria, reino de taifa y fuera del contexto aplicativo de normas administrativas y de organización de la Admón. Gral de la Cdad Autónoma.

Desde UGT SERVICIOS PÚBLICOS CANARIAS dijimos que no se define que es el Teletrabajo, en esa propuesta de resolución y cual es el perfil competencial que no puede ser desarrollado en esa modalidad, a pesar de nombrar en todo el texto el perfil competencial.

Lo más chocante para UGT SERVICIOS PÚBLICOS CANARIAS de la incongruencia de lo que se pretende realizar o normalizar, es que por necesidades de servicio. Aquí se pretende que el concepto de “necesidades del servicio” constituye un concepto jurídico indeterminado que otorga a la Administración un margen de apreciación, en orden a concretar las circunstancias que entienden que concurren en el caso concreto para el ejercicio de esa facultad, debiendo aportar al expediente el material probatorio necesario para acreditar que su decisión viene apoyada en una realidad fáctica que garantiza la legalidad y la oportunidad de la misma, así como su congruencia y los motivos y fines que la justifican.

También tuvimos desde UGT SERVICIOS PÚBLICOS CANARIAS que reiterar que la ley 39/2015, habla del expediente digital, por lo que no se sostiene lo contenido en el apartado a) de la propuesta de esa resolución conjunta (en nuestra web, puedes acceder a esa propuesta de resolución conjunta, objeto de la negociación).

Ante nuestras posiciones, conjuntamente las Direcciones Generales de la Función Pública y de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos, proceden a retirar la propuesta y a desconvocar la siguiente reunión de la CAP.

Descarga:
PPTA NEGOCIACION COLECTIVA RESOLUCION INSTRUCCIONES IDENTIFICACION TELETRABAJO RPT (PDF)

Lo más leído