LA SEGURIDAD SOCIAL A QUIRÓFANO. Lista de espera y Ley 21/2021
En torno al 1900 comienzan a aparecer los elementos precursores del actual sistema de Seguridad Social.
El Instituto Nacional de Previsión (INP) en 1908, las Mutualidades Laborales, la Ley de Bases de la Seguridad Social en 1963, el artículo 41 de la Constitución. y finalmente la gran reforma del Real Decreto Ley 36/1978, dio origen a las actuales Entidades Gestoras y Servicios Comunes como hoy las conocernos.
A lo largo de todos estos años, la Seguridad Social ha ido cosechando premios y reconocimientos, pero también envejeciendo y enfermando.
Han cambiado muchas cosas desde entonces en nuestra sociedad, y también en el seno de la Administración de la Seguridad Social, hasta llegar al punto de ponerse en cuestión su supervivencia, a menos que se produzca una intervención crítica.
La Seguridad Social ha de pasar por el quirófano. No solamente por sus recursos económicos tradicionalmente esquilmados, por gastos impropios y decisiones políticas desacertadas, sino también porque la gestión se ha vuelto inasumible con los recursos humanos disponibles, y la inadecuada organización de sus estructuras.
La mala organización, y la falta de reposición de los trabajadores que han ido abandonando el Sistema, ha sido la gangrena que ha ido devorando fuerza y conocimiento, hasta provocar el fallo multiorgánico.
No han faltado doctores que diagnosticaran la enfermedad y prescribieran el tratamiento, los pactos de Toledo, ya en el 1995; recomendaron la intervención, pero la lista de espera era larga.
Dieciséis años después seguía agravándose el paciente, cuando en el 2011 se volvió a tratar sobre la posibilidad de mejorar la organización en la adicional séptima de la Ley 27/2011, que «autorizó al Gobierno para la creación de la Agencia Estatal de la Administración de la Seguridad Social».
En el 2012 se abundó sobre este mismo tema cuando la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), en el capítulo de «Racionalización del Sector Público y Supresión de Órganos y Entidades Duplicadas, Ineficientes o no Sostenibles'», entendió que las Entidades Gestoras de la Seguridad Social habían de fusionarse en una única Entidad, y en 2018 se alcanzó un acuerdo en el seno de la Mesa Delegada de la Seguridad Social, con nuevas promesas incumplidas.
Mientras tanto, el enfermo ha continuado agravándose, y por si no tuviera bastante con el cáncer del abandono político, para acabarlo de rematar, el RDL 15/2020 le traspasa el Régimen Especial de Clases Pasivas y, el RDL 20/2020 la gestión del Ingreso Mínimo Vital.
Los últimos análisis y el TAC, han dado el siguiente resultado: «Lo sentimos, no existe disponibilidad en los próximos días para el servicio solicitado. Si lo desea, puede intentar de nuevo su búsqueda volviendo a la pantalla anterior y eligiendo otra ubicación».
Ingresado en urgencias, el paciente ha pasado a quirófano. La Ley 21/2021, en su disposición final tercera, así lo determina.
Son seis meses de preoperatorio los que concluirán, según esa ley establece, con la presentación del proyecto de ley que ha de dar cumplimiento a la adicional séptima de la ley 27/2011.
La pregunta crucial es si el paciente vivirá o morirá, y si sobrevive, en qué condiciones quedará.
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